Ellosupone una novedad en relación con el pronunciamiento del TS de 25-09-15 que acordó atribuir al padre la guarda y custodia de los dos hijos mayores y a la madre la de los dos hijos menores, por lo que no hay un sistema de guarda y custodia mixto, sino que se adopta un único sistema de guarda y custodia, que es la custodia Elartículo 92.7 del Código Civil se refiere solo a la custodia compartida, pero hay que entender este artículo en un sentido amplio. Es decir, si la violencia de género impide atribuir la custodia compartida a una persona, aún menos se le podría reconocer la custodia en exclusiva de sus hijos, por razones obvias.

Laguarda y custodia se puede atribuir a uno de los progenitores (custodia monoparental o exclusiva ), a ambos (custodia compartida ). Existen también otros tipos menos frecuentes como son la partida, donde hay una distribución de los hijos entre los progenitores, o la custodia atribuida a un tercero. ¡Ojo!

Seaen guarda exclusiva o compartida, habrá de indicarse cómo se relacionará el progenitor no custodio o no conviviente en cada momento con los menores, debiéndose relacionar los horarios laborales, escolares y extraescolares de unos y otros: determinación de los horarios y de la forma actuar cuando se produzcan retrasos
1-. Si bien el Tribunal en una custodia compartida podrá atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges por ser el interés familiar más necesitado de protección, dicho uso ya no será con
Ejemplos Prácticos] Inicio » Derecho » Civil » Custodia Compartida La custodia compartida es una condición legal que permite que ambos padres, después de una
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de custodia compartida a custodia exclusiva